Facilito el texto del artículo que me ha publicado El País, Cinco Días.
La visión jurídica de Europa es proteger al ciudadano, mientras que la de Estados Unidos es proteger al consumidor.
El 5G está marcando la agenda informativa de los medios de comunicación. Se trata de una red ultra rápida que facilitará las conexiones inalámbricas para compartir contenido multimedia y la interconexión de dispositivos en el contexto de las nuevas Smart Comunities o Comunidades Inteligentes, no solo ciudades, sino también áreas rurales. Su principal efecto es que multiplicará por diez la velocidad actual de conexión a Internet.
El potencial es enorme. El 5G comunicará sensores, móviles, artefactos domésticos, industriales, robots en quirófanos, redes de transporte, automóviles de toda clase incluso autónomos, drones, antenas, receptores y emisores, etc. Es decir, todo un ecosistema tecnológico sobre una infraestructura fija y móvil, además de nuevas aplicaciones de realidad virtual y aumentada, en la que los usuarios, servicios y productos estarán en el centro de atención de diseñadores, fabricantes, distribuidores y proveedores.
Los participantes en esa amplia red interconectada podrán conocer los datos personales de los destinatarios de dichos productos y servicios y también de la geolocalización de sus viviendas, vehículos y desplazamientos. Esto debido a que la tecnología 5G procesa datos personales en incontables dispositivos distribuidos. Por lo tanto, cabe preguntarse, ¿cuáles serán los retos en materia de privacidad y protección de datos?
Por una parte, está el procesamiento masivo y universalizados de datos personales sin que siempre esté garantizado su fundamento legal (consentimiento, ejecución de contrato, cumplimiento de obligaciones, interés vital del afectado, etc.).
En segundo lugar, el movimiento internacional de datos personales entre diversos operadores, en su condición de responsables y de encargados de tratamiento; y como consecuencia de ello, una creciente dificultad para ejercer con eficacia los derechos de privacidad (acceso, rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación del tratamiento y derecho a la portabilidad) ante responsables de los datos que igualmente serán múltiples y distribuidos.
En definitiva, al ser mayor la cantidad de usuarios interconectados, existirá también un mayor riesgo de ataques informáticos, de ciberseguridad y de privacidad.
Baste pensar, por ejemplo, en la gestión de datos de un vehículo inteligente: los datos del dueño los tendrá el concesionario, el taller, la financiera, la aseguradora, las entidades que se ocupen de matriculación, mantenimiento, etc. Y todos ellos interconectados el día que se produzca un siniestro o, sencillamente, el sistema electrónico informe de un fallo mecánico.
Europa ha sido consciente de la magnitud creciente de la recogida y del intercambio de datos personales y ha afrontado la rápida evolución tecnológica y la globalización con una herramienta fundamental: el Reglamento general de protección de datos de 2016 (RGPD).
¿Qué diferencia esta perspectiva de la de Estados Unidos? En el área de la privacidad, la visión jurídica de Europa es proteger al ciudadano, mientras que la de Estados Unidos es proteger al consumidor. Por ello, en Europa la privacidad en un derecho fundamental contemplado en la Carta Europea de Derechos Fundamentales de 2010, mientras que en Estados Unidos no existe una Ley Federal sobre la protección de datos. Solo California, cuna de Silicon Valley, ha aprobado la Ley Estatal para 2020: California Consumer Privacy Act of 2018.
Con un enfoque amplio y global, el pasado 23 de enero de 2019 la Comisión Europea ha adoptado en cumplimiento del RGPD la primera decisión de adecuación relativa a Japón, lo que crea la mayor área mundial de flujos de datos seguros. Es decir, Europa dispone de una regulación moderna y protectora de los ciudadanos con una perspectiva global.
Tras la tecnología 5G subyace un desafío jurídico sin precedentes. Al margen de posibles pretextos de espionaje o de estrategia militar, el conflicto EEUU-China ─que ahora parece zanjado─ se presenta más como una batalla comercial en la que está en juego un negocio multimillonario basado en la agregación, venta y comercialización de datos personales por parte de los gigantes tecnológicos, muchos de ellos nacidos en Silicon Valley.
Europa puede desempeñar un papel decisivo si se sitúa en una posición independiente y tecnológicamente neutral, pues la libertad de mercado y de la innovación tecnológica protege y beneficia directamente a los usuarios y destinatarios de productos y servicios. Por ello, Europa no debiera poner trabas a la tecnología 5G de empresas como Huawei o fijar aranceles comerciales frente a productos que, con independencia de su origen, y mientras cumplan con la normativa europea son legítimos para los usuarios.
© Efrén Díaz Díaz
Abogado abogado del Bufete Mas y Calvet y delegado de protección de datos. Especialista en Derecho Administrativo, Tecnológico y Geoespacial.