Allí donde hay espacio, hay derecho

Los datos geoespaciales nos dicen no solo ‘dónde está’ la persona, sino ‘quién es’

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Efrén Díaz defendió su tesis en la Sede de Postgrado de la Universidad en Madrid y obtuvo la mención summa cum laude

Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra
Acto de Defensa de Tesis Doctoral de Efrén Díaz Díaz en el Campus de Madrid de la Universidad de Navarra
Acto de Defensa de Tesis Doctoral en el Campus de Madrid de la Universidad de Navarra

Facilito la entrevista que publicó la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra tras la defensa de mi Tesis Doctoral, con la colaboración de María Fernanda Callejón.

Efrén Díaz (DER’06) y profesor asociado de los Programas Máster en Madrid defendió su tesis doctoral el pasado 25 de noviembre, obteniendo la mención summa cum laude por unanimidad. Su investigación, titulada “Relevancia jurídica de los datos geoespaciales y su incidencia en la privacidad. Interoperabilidad jurídica de los datos geoespaciales” estuvo codirigida por el Dr. D. Borja López-Jurado Escribano y el Dr. D. Miguel-Ángel Manso Callejo.

Esta disertación tiene sus orígenes en la práctica de la abogacía del propio Díaz, quien es asociado del Bufete Mas y Calvet. El abogado cuenta que ha lidiado con casos de inmuebles urbanos y rústicos, lo que le ha llevado a descubrir una carencia en el mundo jurídico: una visión más profunda de las implicaciones jurídicas de geoinformación.

Esta tesis aspira proporcionar esa profundidad al tratamiento de la realidad física y geográfica. En última instancia, pretende crear conciencia y guía respecto a temas como la protección de datos y el uso de los geodatos como pruebas judiciales admisibles en sede judicial. Lo que comenzó como una mera reflexión ha probado ser una cuestión aplicable, en palabras de Díaz, a “otros supuestos universales”.

¿Qué y cuáles son los datos geoespaciales y por qué son jurídicamente relevantes?

Los datos geoespaciales son cualquier dato que haga referencia, directa o indirectamente, a una localización o zona geográfica específica. Planos, mapas o imágenes satelitales son datos geoespaciales, pero también lo son las coordenadas recopiladas por un terminal móvil, la información sobre nuestras rutas en cualquier medio de transporte, nuestro historial geográfico de Twitter o nuestra ubicación compartida en Whatsapp.

La relevancia de estos datos, también en lo jurídico, está en que no solo dicen dónde está la persona, también dicen quién es la persona.

La relevancia de estos datos, también en lo jurídico, está en que no solo dicen dónde está la persona, también dicen quién es la persona.

¿Cómo se obtiene esta información y qué puede revelar?

Esta información se obtiene a partir de los patrones de conducta de cada persona. Puede parecer sin importancia ubicar un terminal móvil en un hospital o en una sinagoga, pero si el terminal está activo en una unidad oncológica de forma continuada durante una semana, podría revelar no sólo el lugar en que se encuentra el paciente, sino el padecimiento que le aqueja. Igualmente, si la referencia geográfica sitúa a una persona o una familia cada sábado en una sinagoga, podría revelar categorías especiales de datos al identificar ciertas creencias religiosas.

¿Qué derechos tienen los individuos sobre estos datos?

A diferencia de otras clases de datos, los datos espaciales tienen un elevado valor añadido geoestratégico. Además, estos pueden ser datos personales cuando identifiquen o permitan identificar a una persona física individual. En consecuencia, los derechos de los ciudadanos sobre los datos geoespaciales, cuando sean datos personales, son los derechos de protección de datos ya existentes. En concreto, son los siguientes conforme a la nueva regulación europea: acceso, rectificación, supresión (olvido), portabilidad, oposición y limitación del tratamiento (abreviadamente, ARSOPOL).

¿Cuál es el principal riesgo de estos datos?

Para la persona es la privacidad y para los servicios de geoinformación, la calidad y la interoperabilidad.

Con respecto a la privacidad de la geoinformación hay que comprender que un dato geográfico puede afectar a la persona y, por ello, los individuos requieren la pertinente protección jurídica. Por ejemplo, si alguien roba un móvil y el ladrón comete otro delito, habría que poder probar que el dueño original del móvil no ha sido el autor del crimen. Otro caso sería el de aquellas personas que comparten sus datos de ubicación voluntariamente, pero cuentan con una “razonable expectativa de privacidad” de que esa información no pueda ser compartida con terceros. En cualquier caso, la regulación europea de la privacidad se refiere a la “protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos”. Es decir, se protegen los datos para proteger a la persona y no al revés.

Por otra parte, la falta de calidad y los problemas de interoperabilidad de la información geoespacial constituye un riesgo para la efectiva prestación de los servicios. Imagina que una ambulancia que debe prestar asistencia en un accidente no tiene la información geográfica correcta. Puede que no llegue a socorrer al herido, o que llegue tarde por no seleccionar la ruta más rápida y evitar un atasco previsible. Esto tendría sus propias consecuencias también jurídicas.

¿Existe algún tipo de regulación en el entorno de la geoinformación?

La normativa actual a escala global presta una particular atención a los aspectos de la privacidad, de la reutilización de la información, concretamente la del sector público, y de la transparencia y ciberseguridad. Hay dos principales regulaciones en vigor. En Europa está el Reglamento General de Protección de Datos y en Estados Unidos hay normas nacionales como la California Consumer Privacy Act de 2018, que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2020 para toda la industria tecnológica de Silicon Valley. Adicionalmente, debemos destacar en Europa la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo del 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire), que ofrece una regulación concreta sobre los datos y servicios geoespaciales, con particular atención a la interoperabilidad de los servicios en los Estados miembros.

Esta interoperabilidad jurídica contiene directas implicaciones sociales, económicas, administrativas y jurídicas. El valor jurídico añadido de la geoinformación es, entre otros muchos, principalmente doble, como infraestructura y como servicio, pues “allí donde hay espacio hay derecho”.

¿Cuál es el principal aporte de los datos geoespaciales al entorno jurídico?

Por una parte, estos datos constituyen una infraestructura que posibilita conocer mejor la realidad, con mayor precisión, y prestar servicios de mayor calidad. Por otra parte, la interoperabilidad jurídica de la geoinformación permite la relación e interacción entre los agentes jurídicos y los operadores técnicos implicados en actuaciones, procesos y procedimientos jurídicos, administrativos, judiciales o extrajudiciales. Esta interoperabilidad jurídica contiene directas implicaciones sociales, económicas, administrativas y jurídicas. El valor jurídico añadido de la geoinformación es, entre otros muchos, principalmente doble, como infraestructura y como servicio, pues “allí donde hay espacio hay derecho”.

Acto de Defensa de Tesis Doctoral de Efrén Díaz Díaz en el Campus de Madrid de la Universidad de Navarra

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Sobre el autor

Efrén Díaz Díaz

Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra.
Asociado Senior y Responsable de las Áreas de Tecnología y Derecho Espacial del Bufete Mas y Calvet
Delegado de Protección de Datos en Europa en sectores financiero, legal, sanitario, geoespacial y educativo.

Allí donde hay espacio, hay derecho

Efrén Díaz Díaz

Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra.
Asociado Senior y Responsable de las Áreas de Tecnología y Derecho Espacial del Bufete Mas y Calvet
Delegado de Protección de Datos en Europa en sectores financiero, legal, sanitario, geoespacial y educativo.

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