Se analiza la normativa española y los procedimientos de registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre en el marco del derecho internacional, destacando su evolución para incluir tanto actores estatales como privados. Se examina el Convenio de Registro de 1974 y su implementación en España mediante el Real Decreto 278/1995, subrayando la importancia de la transparencia y la cooperación internacional en actividades espaciales.
Artículo publicado en la Revista SEPIN, Enero 2025. SP/DOCT/127829.
Dr. D. Efrén Díaz Díaz, Abogado y Doctor en Derecho.
Responsable de las Áreas de Tecnología y Derecho Espacial del Bufete Mas y Calvet.
El registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre en la regulación española
Se facilita el sumario del artículo:
I. Introducción
II. El origen del Registro de Objetos Espaciales
1. El Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 12 de noviembre de 1974
2. La Resolución 62/101 de 17 de diciembre de 2007
III. Principales disposiciones jurídicas del Convenio de Registro de Objetos Espaciales
IV. El Registro nacional de objetos espaciales. El caso de España
V. Propuesta de modificación de la normativa española de 2024
1. Objeto de la propuesta de modificación
2. Consideraciones a la redacción del Proyecto de Real Decreto
A) Artículo 5
B) Artículo 6
C) Anexo del Real Decreto
VI .La cuestión de los lanzamientos suborbitales
VII. Conclusiones
Fuente Original: Revista SEPIN, Enero 2025
© Efrén Díaz Díaz
Abogado y Doctor en Derecho. Responsable de las Áreas de Tecnología y Derecho Espacial del Bufete Mas y Calvet.